ORDEN de 18 de marzo de 2004, del Departamento de Educación, Cultura
y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión y
matriculación de alumnos en ciclos formativos de grado superior en
centros sostenidos con fondos públicos para el curso 2004/2005 en la
Comunidad Autónoma de Aragón.La Orden de 1 de marzo de 2000, («Boletín Oficial de Aragón» de 15 de
marzo), del Departamento de Educación y Ciencia, regula la admisión
de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar
Formación Profesional de grado superior.La presente Orden tiene por objeto establecer los plazos de admisión
y matriculación en los ciclos formativos de grado superior en centros
sostenidos con fondos públicos para el próximo curso escolar
2004/2005, así como concretar el procedimiento en la admisión.En su virtud, dispongo:
Primero.-Inscripción de alumnos.
1. Las fechas para realizar la inscripción en la secretaría de los
centros serán las comprendidas entre los días 21 de junio y 2 de
julio de 2004. Cada alumno entregará una sola instancia en el centro
elegido en primera opción, de acuerdo con el anexo III que acompaña a
esta Orden.2. Los centros introducirán los datos de todos los solicitantes en la
aplicación informática que les será suministrada por los Servicios
provinciales del Departamento. Esa aplicación, conteniendo los datos
indicados en la misma, se remitirá al Servicio provincial
correspondiente antes del 16 de julio.3. El Consejo Escolar de cada uno de los centros baremará las
instancias recibidas y hará pública la relación de alumnos admitidos
y no admitidos, clasificados estos últimos por orden de puntuación,
todo ello de acuerdo con el baremo establecido en la Orden de 1 de
marzo de 2000 y las instrucciones recogidas en el anexo I de esta
Orden y el calendario del anexo II.4. Los Servicios provinciales remitirán esos mismos datos, una vez
estén agrupados todos los procedentes de los centros de la provincia,
a la Dirección General de Centros y Educación Permanente, con objeto
de tomar las decisiones oportunas respecto a los grupos que
efectivamente van a funcionar para el curso 2004/05.Segundo.-Periodo de matriculación.
La matrícula se efectuará, en el caso de los alumnos admitidos, entre
los días 1 y 8 de septiembre de 2004. Al finalizar el plazo de
matrícula, el mismo día 8 los centros harán públicas las plazas
vacantes existentes en cada uno de ellos, poniendo estos datos en
conocimiento del Servicio provincial correspondiente.Tercero.-Adjudicación de plazas vacantes a aspirantes no admitidos en
el centro solicitado en primera instancia.1. El 10 de septiembre de 2004 a las 10h se realizará un acto público
en cada uno de los centros que dispongan de plazas vacantes. En dicho
acto se procederá a llamar a los aspirantes no admitidos por orden de
mayor a menor puntuación hasta que se complete la totalidad de las
plazas disponibles, de acuerdo con las ratios previstas en el
artículo 114 de la Orden de 22 de agosto de 2002 («Boletín Oficial de
Aragón» nº 104 de 2 de septiembre), del Departamento de Educación y
Ciencia, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la
organización y funcionamiento de los centros docentes públicos de
Educación Secundaria de la Comunidad autónoma de Aragón. Para los
centros concertados las ratios serán las que figuren en las
autorizaciones correspondientes de cada ciclo formativo. Una vez
adjudicadas las plazas se procederá a la matriculación de estos
alumnos.2. Una vez admitidos los aspirantes que hayan obtenido plaza en esta
fase del proceso, los centros remitirán al Servicio provincial la
aplicación informática con los datos correspondientes.Cuarto.-Adjudicación de segundas y posteriores opciones.
1. En cada uno de los Servicios provinciales entre los días 13, 14 y
15 de septiembre de 2004, se realizará la adjudicación de las plazas
vacantes a los alumnos que hayan solicitado esas plazas en segunda o
posteriores opciones. La relación correspondiente se publicará en los
tablones de anuncios de los Servicios provinciales el día 15 de
septiembre y se comunicará a los centros respectivos.2. Los aspirantes que hayan obtenido plaza en esta fase deberán
oficializar la matrícula entre los días 16 y 17 de septiembre.Quinto.-Plazas vacantes al final del proceso.
Los centros, tras matricular a los alumnos que hayan conseguido su
plaza en virtud de segunda o posteriores opciones, elaborarán un
listado de plazas vacantes que se expondrá en el propio centro y se
enviará al Servicio provincial correspondiente, pudiendo, en caso de
seguir existiendo vacantes, admitir nuevos alumnos que reúnan los
requisitos de acceso, hasta completar los grupos autorizados de
acuerdo con las ratios previstas en el artículo 114 de la Orden de 22
de agosto de 2002, («Boletín Oficial de Aragón» nº 104 de 2 de
septiembre) del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se
aprueban las instrucciones que regulan la organización y
funcionamiento de los centros docentes públicos de Educación
Secundaria de la Comunidad autónoma de Aragón. Para los centros
concertados las ratios serán las que figuren en las autorizaciones
correspondientes de cada ciclo formativo.Sexto.-Normas aplicables.
Para todo lo no dispuesto en esta Orden se aplicará lo regulado en la
Orden de 1 de marzo de 2000.Séptimo.-Ejecución.
Se faculta a la Dirección General de Formación Profesional y
Educación Permanente para dictar las Resoluciones necesarias para la
ejecución de lo dispuesto en esta Orden.Octavo.-Recursos.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe
recurso de Reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y
Deporte en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» o el Recurso
Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin
perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.Zaragoza, 22 de marzo de 2004.
La Consejera de Educación, Cultura
y Deporte, EVA ALMUNIA BADIA
ANEXO I
Los centros docentes rellenarán el apartado de «A cumplimentar por el
órgano competente en la admisión» de acuerdo a lo establecido en el
artículo 4º de la Orden de 1 de marzo de 2000, del Departamento de
Educación y Ciencia, por la que se regula la admisión de alumnos en
centros sostenidos con fondos públicos para cursar Formación
Profesional específica de grado superior, y con los siguientes datos:-Procedencia:
1. Si el alumno ha cursado la modalidad de Bachiller referida en el
anexo 1 de la Orden de 1 de marzo de 2000.2. En cualquier otro caso.
-Nota media: Nota media del expediente académico del alumno.
-Prioridad:
1. Si el alumno ha cursado la materia de bachillerato referida en el
anexo I de la Orden de 1 de marzo de 2000.2. En cualquier caso.
-Resultado final de la admisión: Se indicará el lugar que ocupa el
alumno en la lista de solicitudes, una vez dirimidos los posibles
empates.ANEXO II
Plazo de presentación de solicitudes: Del 21 de junio al 2 de julio.Baremación por los Consejos Escolares: El día 5 de julio.
Publicación de listas provisionales: El 5 de julio.
Presentación de reclamaciones: Los días 6, 7 y 8 de julio.
Resolución de reclamaciones: Día 9 de julio.
Publicación de listas definitivas: Día 9 de julio.
Matrícula: Del 1 al 8 de septiembre.
Acto público: Día 10 de septiembre a las 10 horas.
Adjudicación de vacantes por los servicios Provinciales: Los días 13,
14 y 15 de septiembre.Publicación de vacantes adjudicadas: Día 15 de septiembre.
Matrícula de 2º y posterior opción: Días 16 y 17 de septiembre.
Matrícula libre en los centros: A partir del 20 de septiembre.
Ojo anexo T
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